IDEA Sistema público de capital riesgo en Andalucía INVERCARIA

Datos básicos

Resumen

Contexto y objetivos

INVERCARIA se configura como un ente instrumental participado al 100% por la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía, para la promoción, desarrollo y utilización de instrumentos de capital riesgo para la financiación de proyectos empresariales con alto potencial de crecimiento en sectores estratégicos e innovadores.

INVERCARIA nace con el objetivo de cubrir carencias en la oferta privada de equity finance. En este sentido, sus elementos de diferenciación son principalmente:

  • Mayor capacidad de asunción de riesgo, lo que permite cubrir huecos en capital semilla, arranque y expansión por debajo de cierto volumen, cubriendo de este modo las necesidades reales del tejido empresarial andaluz.
  • Criterio regional, teniendo como objetivo el desarrollo del tejido empresarial andaluz, apoyando para ello proyectos regionales de interés y persiguiendo que éstos se desarrollen y crezcan desde Andalucía.
  • Reinversión de los beneficios de las operaciones en nuevas operaciones de apoyo empresarial.

La razón de ser de Invercaria y, por tanto, su objetivo último, pasa por impactar de manera eficaz y eficiente en el desarrollo del tejido empresarial como consecuencia del ejercicio de su actividad de inversión en empresas. Este objetivo se concreta en los dos siguientes:

  •  Contribuir al fortalecimiento del tejido empresarial participando en empresas con alto potencial de crecimiento y apoyando el desarrollo de las mismas.
  • Apoyar la creación y desarrollo de empresas en sectores estratégicos, innovadores y de base tecnológica que ayuden a transformar el modelo productivo de Andalucía.


Para alcanzar estos objetivos de impacto, Invercaria se plantea, a su vez, los dos siguientes objetivos:

  • Aumentar el volumen de fondos gestionados por Invercaria e invertidos en las empresas.
  • Potenciar el desarrollo de la cartera de participadas.

Beneficiarios

Empresas, preferentemente PYMEs, con sede o establecimiento en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Se apoyarán inversiones realizadas en Andalucía. Los demandantes deberán demostrar la viabilidad económica-financiera de su proyecto y no estar incursos en procesos de ajuste empresarial.

Los beneficiarios finales están en función del vehículo de inversión a utilizar. Más concretamente:

  • Fondos, ya sean de Fondos de Capital Riesgo o Fondos No Regulados: Los destinatarios de las inversiones son pymes, con carácter general consolidadas, que presentan un alto potencial de crecimiento.
  • Programas: Los destinatarios de las inversiones, articuladas a través de préstamos participativos de bajo importe (hasta 300.000 €), son empresas en fase de lanzamiento.

Más allá de esta diferenciación, y con independencia del vehículo de inversión, sólo se podrán realizar inversiones en empresas domiciliadas o con establecimiento permanente en la Comunidad Autónoma de Andalucía. En este sentido, no podrán ser beneficiarios los empresarios no societarios, Organismos, Sociedades Civiles, Comunidades de Bienes y UTEs.

INVERCARIA invierte en empresas que se encuentren en las siguientes fases:

  • Semilla, preferentemente en empresas de base tecnológica y en sectores estratégicos e innovadores que ayuden a catalizar el cambio de modelo productivo de la región.
  • Arranque y expansión de proyectos con alto potencial de crecimiento.

Las limitaciones existentes para realizar inversiones son:

  • No podrán ser destinatarios de las inversiones empresas en situación de crisis.
  • No podrán ser destinatarios de las inversiones empresas de bajo valor añadido o empresas tipo “bodyshopping”.
  • No se realizarán inversiones para refinanciar deudas.
  • Son de aplicación las limitaciones específicas de fondos FEDER en aquellos casos en que los recursos financieros con los que estén dotado el Fondo o Programa sean FEDER.
  • En particular, en el caso de los fondos FEDER, quedan excluidos el sector agroalimentario (proyectos de producción primaria de productos agrícolas y proyectos pertenecientes al sector pesquero y acuícola), y otros sectores regulados por normativa específica (transporte, la industria del carbón, siderurgia, fibras sintéticas).
     

Modalidades de apoyo

El rango de inversión del Fondo de capital riesgo se sitúa entre 0,1 y 3,5 millones de euros por compañía. Los instrumentos financieros de capital riesgo que se utilizan son:

  • Inversión en capital, mediante la toma de participación temporal y minoritaria en el capital social de empresas, con pacto de salida.
  • Préstamos participativos, como complemento de las inversiones en capital, o como instrumento financiero único (hasta 300.000 euros) en el caso de programas de IDEA de apoyo específicos a empresas de base tecnológica en fase de lanzamiento, en sectores innovadores o de interés estratégico.

Las operaciones que se aprueben se efectuarán en condiciones de mercado y tendrán carácter reembolsable, con plazos entre 4 y 8 años, sin que en ningún caso puedan tener la consideración de subvenciones o ayudas públicas. No se asumirán inversiones que puedan ser atendidas por entidades financieras. Se trata de suplir las deficiencias del sistema, coyunturales o de prima de riesgo.

Son de aplicación las limitaciones específicas de fondos FEDER en aquellos casos en que los recursos financieros con los que esté dotado el Fondo o Programa sean FEDER. En particular, en el caso de los fondos FEDER, quedan excluidos el sector agroalimentario (proyectos de producción primaria de productos agrícolas y proyectos pertenecientes al sector pesquero y acuícola), y otros sectores regulados por normativa específica (transporte, la industria del carbón, siderurgia, fibras sintéticas).

Detalle de modalidades de apoyo

Desde un punto de vista operativo, Invercaria intervendrá en el mercado a través de los siguientes vehículos:

  • Fondos: Se trata de patrimonios destinados a ser invertidos, de manera muy selectiva, en proyectos empresariales con un alto potencial de crecimiento. La fase de inversión (semilla, arranque o expansión) y el sector o sectores de actividad preferentes depende de la estrategia de inversión específica de cada fondo. No obstante, el instrumento financiero a utilizar es, para todos los fondos, la inversión en capital, que podrá ser complementada con préstamos participativos. Dentro de los fondos se distinguen dos tipos:
    • Fondos de Capital Riesgo (FCR): Se trata de patrimonios sin personalidad jurídica regulados por la Ley 25/2005. Los beneficios fiscales que suponen, unido a la supervisión de la gestión por parte de la CNMV, facilita la captación de recursos privados. Por otra parte, y para no ser considerados como ayudas de estado, requieren un apalancamiento privado mínimo del 30%. Estos fondos se utilizarán siempre que, por la estrategia de inversión, sea factible conseguir el apalancamiento privado requerido.
    • Fondos No Regulados (FNR): Se trata de patrimonios sin personalidad jurídica sujetos a la ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Estos fondos son, en su totalidad, de origen público, y no requieren participación privada para su constitución y normal funcionamiento. Se utilizarán en defecto de los FCR, cuando no sea posible conseguir el apalancamiento privado.
  • Programas: Por otra parte, Invercaria gestionará  Programas específicos que persiguen apoyar la creación de empresas de base tecnológica en sectores innovadores o de interés estratégico a través de préstamos participativos de bajo importe.


Los préstamos participativos son préstamos con deuda subordinada a todos los demás acreedores comunes. Para poder amortizarlos anticipadamente hay que hacer una aportación de capital social por un importe equivalente. Este tipo de incentivo se aplicará fundamentalmente a proyectos de empresas de base tecnológica. Las pólizas que se suscriban en los casos de préstamo participativo deben recoger claramente, además de los aspectos más relevantes del mismo, tales como nominal y plazo; las eventuales condiciones de retribución variables vinculadas a resultados, evolución de ventas u otras magnitudes, que son consustanciales a este tipo de instrumentos.

La política de inversión de los fondos de INVERCARIA responde a las siguientes consideraciones:

  • Reembolsables. Inversiones en proyectos viables que permitan su retorno en el menor plazo posible.

  • Condiciones de mercado. Se aplicarán condiciones financieras de mercado. En diferenciales y rentabilidades.

  • Garantías y colateralidad. En su caso, se solicitarán garantías para marcar su carácter reembolsable. Las garantías no serán personales, sino sobre bienes financiados o participaciones.

  • Compatibilidad líneas. Las diferentes líneas podrán concurrir simultáneamente en los proyectos. Se pretende arropar el empresario, aportando soluciones "a medida".

  • Reutilizable. Los reembolsos y desinversiones se aplicarán nuevamente en sus líneas. Se pretenderá realizar operaciones a menor plazo para potenciar el carácter revolving.

Criterios de valoración

Durante el procedimiento de selección de inversiones, el proyecto es sometido al siguiente tipo de análisis:

  • Verificación de los requisitos formales al recibir la solicitud.
  • Verificación de requisitos mínimos (beneficiarios, limitaciones y excepciones).
  • Análisis técnico, agrupado en dos valoraciones:
    • Análisis empresarial sobre la viabilidad e idoneidad del proyecto y de sus promotores: estrategia y modelo de negocio, idoneidad del mercado, ventas y marketing, grado de innovación, potencial tecnológico y científico, modelo de operaciones, equipo promotor y personas claves, viabilidad financiera.
    • Análisis estratégico: criterios estratégicos para Andalucía (contribución a la generación de empleo directo e inducido, generación de conocimiento, contribución al cambio del modelo productivo), criterios de economía sostenible, criterios sociales y de igualdad.

Finalmente, se aplicarán otros criterios de política industrial, además de los propios del proyecto: carácter PYME/No PYME; equilibrio riesgo-plazo de la operación, importe, instrumentos de apoyo; sector de actividad; o localización.

Se consideran sectores preferentes aquellos que desarrollan actividades estratégicas para el desarrollo económico regional, con gran potencial de crecimiento y de internacionalización de su producción: investigación y desarrollo, aeronáutico, agroindustria, biotecnología, Tecnologías de la información y comunicaciones (TIC), cultura, metalmecánico, energías y renovables, otros sectores emergentes, servicios de hostelería y turismo, salud.

Fecha Las solicitudes podrán presentarse a lo largo de todo el ejercicio, en función de las disponibilidades de recursos de INVERCARIA.
Categorías Industria , Comercio , Administración Autonómica , Creación de empresas , Modernización de empresas , Economia Social , Sociedades Mercantiles

Normativa

Este programa no dispone de referencia legal directa.